«Volaban lentos, bajando y subiendo en el cielo, como si quisieran borrarlo, meticulosamente, con sus alas».
Por experiencia propia os diré que para conseguir una indemnización suelen necesitarse elevadas dosis de constancia y paciencia. Y sobre todo, información.
Si la aerolínea es extranjera, podemos encontrar trabas a la hora de que nos atiendan en nuestro idioma. Aunque la compañía aérea tenga sede en nuestro país, suele suceder que en ocasiones derivan las reclamaciones a su sede central. De esta manera nos encontramos con un obstáculo extra que probablemente nos haga caer en el desánimo. Y es que la mayoría de las veces los trámites pueden resultar enrevesados y provocar la deserción hasta del más avezado pasajero.
– Retraso del vuelo
- Los vuelos inferiores a 1500 kilómetros con dos horas o más de retraso, se indemnizan como mucho con 250 euros. La compañía aérea debe ofrecerte un impreso donde figuren las normas de compensación y asistencia, ya que como pasajero tienes derecho de información.
- Si el trayecto es de entre 1500 y 3500 kilómetros y el retraso es de tres horas o más, es posible que nos puedan conceder hasta 400 euros.
- Para vuelos superiores a 3500 kms y un retraso de cuatro horas o más, pueden corresponder hasta 600 euros. Si se produjera un retraso que superara las cinco horas, el pasajero podría pedir el reembolso del importe del pasaje. Incluso si hemos desaprovechado alguna noche de hotel debido a la demora, también deberán abonárnosla. Si perdéis horas de trabajo por culpa del retraso, en el mostrador de la aerolínea os deberán hacer un justificante.
La aerolínea debe proporcionar asistencia al pasajero, sea o no sea ella la culpable del retraso. Algunas compañías ofrecen vales a los pasajeros afectados para que puedan utilizarlos en los restaurantes y las tiendas del propio aeropuerto. Estos vales suelen ser de importes bastante pequeños en comparación con los generalmente exorbitantes precios de los aeropuertos. Es por ello que probablemente con un sándwich y un botellín de agua ya hayáis gastado el vale. Otras aerolíneas prefieren abonarte a posteriori lo que hayas consumido, pero claro, dentro de unos límites.
– Vuelo cancelado
En este caso la indemnización económica procede sí o sí. Si tu vuelo era inferior a 1500 kilómetros, es posible que te puedan compensar con unos 250 euros. Si tu vuelo cancelado recorría entre 1500 y 3500 euros, la compensación es de unos 400 euros. Los vuelos superiores a 3500 km tienen una indemnización de alrededor de 600 euros.
A esto sumaríamos también la manutención hasta el momento del nuevo vuelo que nos adjudiquen. Si el nuevo vuelo es al día siguiente o incluso más adelante, la aerolínea tendrá otros deberes para con nosotros. Deberán proporcionarnos el alojamiento y el transporte hasta el hotel. También deberán abonarnos las dietas necesarias hasta el nuevo embarque, para lo cual deberemos guardarnos todos los tickets.
Aunque pueda parecer increíble, solo una pequeña proporción de los pasajeros con derecho a indemnización reclaman. Esto se traduce en un ahorro archimillonario para las aerolíneas cada año.
No os dejéis. Y si no queréis hacerlo solos, hoy en día existen compañías que os ayudarán a hacerlo. Algunos ejemplos son Airhelp, Aviclaim, Flight Right, Reclamador.es o Indemniza.me. Si cualquiera de estas compañías consigue que tu aerolínea te indemnice, se llevan una comisión sobre el importe, así que si no queréis hacerlo solos, puede merecer la pena.
A pesar de que en ocasiones pueda resultar una odisea, podéis tramitar tranquilamente las reclamaciones por vuestra cuenta. Ahora bien, si la aerolínea os da una respuesta negativa podéis reclamar a través de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea. Cada país tiene la suya, y hay que reclamar a través de la del país desde el que salía tu vuelo inicial. En el caso de los ciudadanos de España es AESA.